Tarifas Sociales

Trabajamos para mejorar tu municipio

Existen ayudas para los ciudadanos de Huelva

 

En la forma de tarifas sociales para la asistencia de pago de facturas, el Ayuntamiento de Huelva y Aguas de Huelva trabajan para mejorar la vida de sus ciudadanos.

Tarifas Sociales
 

Las tarifas sociales suponen la reducción del 50% del precio en los dos primeros tramos de consumo, para grupos específicos con circunstancias de necesidad, y una tarifa de garantía de mínimo vital que garantiza un consumo de 100 litros por persona y día a aquellas familias que acrediten reúnen los requisitos estipulados estando en peligro de exclusión social

  • Tarifa Pensionistas

    (Por períodos máximos de dos años, renovables por aportación documentación)

    1. El solicitante deberá ser el titular del suministro, siendo esta su residencia habitual.
    2. El importe de la renta/s de la persona/s que residan en la finca objeto de la solicitud, no debe superar 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    3. Ninguna de las personas residentes en la finca podrán ser titulares de ningún otro contrato.
    4. Que estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y saneamiento.
       

    Deberán presentar, junto a la solicitud de acogerse a este criterio:

    • D.N.I. del titular del suministro.
    • Presentar certificado de empadronamiento colectivo, emitido por el Excmo. Ayuntamiento en el domicilio para el que se solicita la tarifa. El domicilio de inscripción en el padrón deberá coincidir con la residencia habitual de los residentes.
    • Certificado de ingresos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Servicio Público de Empleo Estatal de todos los residentes en edad laboral.

     Impresos Solicitud 

  • Tarifa Familia numerosa

     (Por períodos máximos de dos años, renovables por aportación documentación)

    1. El solicitante deberá ser el titular del suministro, siendo esta su residencia habitual.
    2. El importe de la renta/s de la persona/s que residan en la finca objeto de la solicitud, no debe de superar 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    3. Ninguna de las personas residentes en la finca podrán ser titulares de ningún otro contrato.
    4. Que estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y saneamiento.
       

    Deberán presentar, junto a la solicitud de acogerse a este criterio:

    • D.N.I. del titular del suministro.
    • Presentar certificado de empadronamiento colectivo, emitido por el Excmo. Ayuntamiento en el domicilio para el que se solicita la tarifa. El domicilio de inscripción en el padrón deberá coincidir con la residencia habitual de los residentes.
    • Título de familia numerosa que otorga la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.
    • Certificado de ingresos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Servicio Público de Empleo Estatal de todos los residentes en edad laboral.

     Impresos Solicitud 

  • Tarifa Desempleado

    (Por períodos máximos de un año, renovables por aportación documentación)

    1. El solicitante deberá ser el titular del suministro, siendo esta su residencia habitual.
    2. El importe de la renta/s de la persona/s que residan en la finca objeto de la solicitud, no debe de superar 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    3. Ninguna de las personas residentes en la finca podrán ser titulares de ningún otro contrato.
    4. Que estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y saneamiento.
       

    Deberán presentar, junto a la solicitud de acogerse a este criterio:

    • D.N.I. del titular del suministro.
    • Presentar certificado de empadronamiento colectivo, emitido por el Excmo. Ayuntamiento en el domicilio para el que se solicita la tarifa. El domicilio de inscripción en el padrón deberá coincidir con la residencia habitual de los residentes.
    • Documento acreditativo de la situación de desempleo de todos los residentes en edad laboral.
    • Certificado de ingresos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Servicio Público de Empleo Estatal de todos los residentes en edad laboral.

     Impresos Solicitud 

  • Tarifa Discapacitados

    (Por períodos máximos de dos años, renovables por aportación documentación)

     Deberán presentar, junto a la solicitud de acogerse a este criterio:

    1. El solicitante deberá ser el titular del suministro, siendo esta su residencia habitual.
    2. Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%.
    3. El importe de la renta/s de la persona/s que residan en la finca objeto de la solicitud, no debe de superar 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    4. Ninguna de las personas residentes en la finca podrán ser titulares de ningún otro contrato.
    5. Que estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y saneamiento.
       

    Requisitos:

    • D.N.I. del titular del suministro.
    • Resolución del grado de valoración de la discapacidad.
    • Presentar certificado de empadronamiento colectivo, emitido por el Excmo. Ayuntamiento en el domicilio para el que se solicita la tarifa. El domicilio de inscripción en el padrón deberá coincidir con la residencia habitual de los residentes.
    • Certificado de ingresos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Servicio Público de Empleo Estatal de todos los residentes en edad laboral.

     Impresos Solicitud 

  • Tarifa Víctimas de violencia de genero

    (Por períodos máximos de un año, renovables por aportación documentación)

    Deberán presentar, junto a la solicitud de acogerse a este criterio:

    1. El solicitante deberá ser el titular del suministro, siendo esta su residencia habitual.
    2. Personas que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica por parte de algún miembro de la unidad familiar de convivencia.
    3. El importe de la renta/s de la persona/s que residan en la finca objeto de la solicitud no debe de superar 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    4. Ninguna de las personas residentes en la finca podrán ser titulares de ningún otro contrato.
    5. Que estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y saneamiento.
       

    Requisitos:

    • D.N.I. del titular del suministro.
    • Sentencia irme condenatoria u orden de alejamiento acreditada por fiscalía.
    • Presentar certificado de empadronamiento colectivo, emitido por el Excmo. Ayuntamiento del domicilio para el que se solicita la tarifa. El domicilio de inscripción en el padrón deberá coincidir con la residencia habitual de los residentes.
    • Certificado de ingresos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Servicio Público de Empleo Estatal de todos los residentes en edad laboral.

     Impresos Solicitud 

  • Tarifa Garantía Mínimo Vital

    (Por períodos máximos de seis meses, renovables por aportación documentación)

    Para las incas donde todos sus residentes cumplan los siguientes requisitos, se establece una garantía de consumo vital, garantizando 100 litros por persona y día, aplicándose la siguiente tarifa:

    1. Se garantizan hasta 3 metros cúbicos mensuales por cada persona censada en el domicilio, por lo que el importe a aplicar a estos m3 será de 0€.
    2. Al consumo no garantizado se le aplicará la tarifa general de uso doméstico, con aplicación del tramo que correspondiere.
       

    Requisitos:

    • El solicitante deberá ser el titular del suministro, siendo esta su residencia habitual.
    • Que el titular del contrato para el que se solicita la tarifa tan solo posea un único suministro a su nombre.
    • Que los residentes en la finca objeto de la solicitud, no superen unos ingresos anuales de acuerdo al criterio establecido por la Tabla de Ingreso Mínimo de Inserción, vigente en el año de presentación de la solicitud (conforme Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía.)

     Impresos Solicitud 

En caso de discrepancia entre las tarifas expuestas anteriormente y las de la publicación predominará lo expuesto en la publicación.